El aceite de oliva pasará a tributar del 2 al 4% del IVA superreducido de los alimentos a partir del próximo 1 de enero. Desde el comienzo de la guerra de Ucrania y posteriormente el conflicto en Oriente Próximo, el Gobierno ha ido adoptando un conjunto de medidas extraordinarias para afrontar sus consecuencias económicas, en particular por el aumento de los precios y para proteger a los colectivos más vulnerables.
Una de estas iniciativas fue la supresión desde el 1 de enero de 2023 del IVA de los alimentos que ya tenían el tipo reducido del 4 por ciento y, además, la rebaja del 10% al 5% del IVA de los aceites, incluido el de oliva. Una medida que se ha ido prorrogando.
El Consejo de Ministros del 25 de junio de 2024 extendió la medida al conjunto del año y la reforzó en el caso del aceite de oliva hasta el 1 de octubre, un producto fundamental en la cesta de la compra y en los hogares al constituir la base de la dieta mediterránea y ser un producto estratégico en España por ser el país con el liderazgo mundial en producción y en calidad.
Por eso, los aceites de oliva pasaron a tributar del 10% del IVA al 5% a partir del 1 de enero de 2023. Posteriormente, el Consejo de Ministros acordó dejarlo el 25 de junio en el 0%. Y desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2024 el IVA con el que tributan los aceites de oliva es del 2 por ciento.
El Ejecutivo se comprometió, igualmente, a promover una reforma de la Ley del IVA para que los aceites de oliva pasen a formar parte del grupo de alimentos básicos, de forma que a partir del 1 de enero de 2025 este producto tributará también de forma permanente en el tipo superreducido del 4%. Una progresiva reversión a los tipos normales que responde al mandato de la Comisión Europea para ir atenuando las medidas extraordinarias que los países han ido adoptando en los años precedentes.